Sentencia Caso Cromañón
El 20 de abril de 2011 la cámara de casación dictaminó que los miembros de la banda cumplirían sentencia efectiva en la cárcel.El 17 de octubre de 2012 fueron sentenciados a 7 años de prisión.Se ordenó el inmediato cumplimiento de la pena impuesta a todos los condenados (catorce en total), por el Caso Cromañón.
En 2012, tras la sentencia Santos Fontanet queda internado en una clínica en Córdoba.
El 10 de junio de 2013, se procedió al traslado de Santos Fontanet desde la clínica en Córdoba al pabellón psiquiátrico del penal de Ezeiza. Viajó en una ambulancia acompañado por su novia Estefanía Miguel y por un móvil del Servicio Penitenciario Federal.
El 15 de enero de 2014 Estefanía Miguel, novia y la madre del hijo de Pato, anunció que el ex líder de Callejeros está preparado para lanzar el nuevo álbum desde la cárcel.
El 6 de agosto del 2014 se ordenó la excarcelación de los músicos de Callejeros que estaban detenidos en el marco de la causa que estigó la tragedia de Cromañón, ocurrida en 2004, en la que murieron 194 personas.
La medida alcanza a Patricio Fontanet, Daniel Cardell y Christian Torrejón. También beneficia a Juan Carbone, Christian Torrejón, Maximiliano Djerfy, Elio Rodrigo Delgado y Raúl Alcides Villarreal y a los ex funcionarios porteños Fabiana Fiszbin y Gustavo Juan Torres.
En tanto, el Tribunal dejó sin efecto la prisión domiciliaria de Ana María Fernández y la libertad condicional de Daniel Horacio Cardell.
Por otra parte, dejaron firme la sentencia condenatoria de Omar Emir Chabán y Carlos Rubén Díaz. En el caso de Eduardo Vázquez, no será liberado ya que se encuentra cumpliendo otra condena, por el crimen de su pareja, Wanda Taddei. La decisión de llevar a cabo las excarcelaciones fue tomada en base los recursos presentados por los defensores de los condenados, entre ellos Marcelo Brito, abogado de los músicos, que solicitó la liberación de sus defendidos luego de que la Corte Suprema de Justicia ordenara la revisión del fallo condenatorio.
El fallo fue firmado por los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, y tuvo en cuenta el criterio del "doble conforme", es decir, que la condena debe ser revisada en otra instancia, luego del dictado del fallo. Esto no ocurrió con el monto de las penas efectivas impuestas por Cromañón.
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